La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le otorgó un amparo a la comunidad rarámuri El Trigo (ubicada en Uruachi, Chihuahua), con lo que se anulan cuatro títulos de uso industrial de agua de las empresas Minera Fresnillo y Coeur Mexicana.
El justificante de la cancelación es que no se realizó una consulta previa para otorgar las concesiones de agua, por lo que los ministros de la SCJN apoyaron de forma unánime a los rarámuri en este respecto.
Así, queda derogado un decreto que eliminaba zonas de veda en la “Subregión Hidrológica del Río Fuerte” y se establecen zonas de reserva.
En un comunicado de la Corte se estipula que “En caso de que las autoridades responsables emitan un nuevo decreto en el que se elimine las vedas y se establezcan zonas de reserva de agua de la Subregión Hidrológica Río Fuerte, de la Región Hidrológica número 10 Sinaloa, previo a su emisión, deberán consultar a la comunidad indígena, así como a las demás aledañas que puedan sufrir una afectación, de conformidad con el estándar establecido en el apartado anterior de esta ejecutoria”.
En atención al caso, la Primera Sala determinó que el decreto y las concesiones de agua en cuestión afectaban directamente a la comunidad El Trigo, por ello se han cancelado las concesiones de agua, a menos que una consulta pública sea favorable para su otorgamiento.
Fuente: Mundo Minero